martes, 28 de agosto de 2012

Inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua a menores


La Cámara de Casación Penal declaró la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua a menores
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por la doctora Ángela Ester Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa resolvió en el día de la fecha hacer lugar a tres recursos de revisión deducidos por la Defensa Pública Oficial en favor de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, en los que se invocó el informe 172/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que concluyó que el Estado Argentino había violado el derecho al recurso y la Convención sobre los Derechos del Niño al imponer penas de prisión y reclusión perpetuas a quienes eran menores de edad al momento de los hechos, entre otras… Pero además, habilitó el recurso, señalando que en el informe 172/10 se había fijado un estándar de reconocimiento de derechos fundamentales mayor al que rige en el orden interno, puntualizando que el control de convencionalidad consiste precisamente en la consagración de las disposiciones de la Convención y de las interpretaciones de la Corte IDH y la Comisión IDH, teniendo en miras la defensa y el resguardo de los derechos humanos. En cuanto al fondo de la cuestión planteada, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 inciso 7° del Código Penal en orden a la pena de prisión perpetua prevista con relación a niños, niñas y adolescentes por lesionar la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad. Consecuentemente se hizo lugar a los recursos de inconstitucionalidad y casación planteados por las defensas respecto de dichas penas, se anularon las sentencias recurridas y se ordenó remitir la causa al Tribunal Oral de Menores nro. 1 para que fije una nueva sanción de acuerdo a los parámetros expuestos en la sentencia y en el informe 172/10. Nota Completa en : 
                                                         El Caso “MENDOZA”, en orden a la PROCEDENCIA del régimen de Salidas Transitorias y la Progresividad del Régimen de Pena Privativa de la Libertad en casos de Prisión Perpetua, en este caso el del menor mas arriba citado, 
                                                          fue materia de exhaustivo anàlisis por JOSÈ LUIS HÜEL en Comentario a Fallo publicado por la REVISTA DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGIA DE EDITORIAL LA LEY, Edición Abril de 2012 , 
Análisis incorporado a los listados de Doctrina relevante del Senado de la Pcia. De Buenos Aires http://koha.senado-ba.gov.ar/cgi-bin/koha/opacanalysis.pl?bibnum=16509&bibnumitems=57689, Y del Ministerio Pùblico de la Defensa, entre otras.

1 comentario:

VINICIO SANTOS dijo...

ESTIMADOS HERMANOS:
Solicito la despistolizacion de una guardaespaldas de una jueza de justicia penal denominada doña Elbia quien es esposa de don Osvaldo quien a su vez es un funcionario del ministerio público de mi país Guatemala de la América Central residentes en el lote 19 manzana "M" del sector 5 de los claveles de residenciales San José del municipio de San José Pinula del departamento de Guatemala de mi país Guatemala de la América Central porque los tales son hostiles en amenazarme macabramente por calumniarme de violador sexual durante 6 años en mi vecindario debido a unos impostores que me infieren perplejo apologalmente. Tales impostores son la familia conyugal de mi ex-vecino CARLOS HUMBERTO QUEL MACHAN residentes en los lotes 12 y 13 de la manzana "R" del sector 5 de los claveles de residenciales San José del municipio de San José Pinula del departamento de Guatemala de mi país Guatemala de la América Central quien la principal asechante fusiladora es Ana Beatriz.

Atentamente:
Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
Documento de identificacion personal:
1999-01058-0101 Guatemala,
Cédula de Vecindad:
ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
Ciudadano de Guatemala de la América Central.