sábado, 15 de agosto de 2009

El ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCION PENAL. BREVE RESEÑA DE CUATRO AÑOS DE FRUCTIFERA LABOR.

El Encuentro Nacional de Jueces de Ejecuciòn Penal de la Republica Argentina tuvo sus orìgenes en una Reunion Fundacional desarrollada en la Sede de la Asociacion Argentina de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Naciòn a fines de 2005, donde se fijaron las bases fundacionales constituyendo este Foro de permanente comunicaciòn, estudio, analisis, propuestas y debates respecto de las comunes y compartidas problemàticas de la Ejecuciòn de la Pena Privativa de la Libertad, Competencia del Fuero, en la Argentina, tanto en el orden Nacional como en las distintas Jurisdicciones Provinciales. La Reunion Fundacional convocada por los Jueces Nacionales de Ejecuciòn Penal Dres. Sergio Delgado y Axel Lopez, entre otros, contò con la activa participaciòn y el apoyo de otras entidades y organizaciones, y en la circunstancia disertò en Procurador General Penitenciario de la Naciòn.

Los Jueces reunidos en Buenos Aires conformaron una Comision Organizadora y Coordinadora Permanente integrada por
los Dres. Sergio Delgado Juez Nacional nro. 1 de Buenos Aires, Jose Daniel Cesano Juez de Ejecuciòn Penal nro. 1 de Cordoba, Alejandro Tizon Juez de Ejecuciòn de la ciudad de Santa Fe, Luis Guillamondegui Magistrado de Ejecuciòn Penal de Catamarca y Jose Luis Huel, por entonces Juez de Ejecuciòn de Formosa, y quien no obstante no serlo mas, continua colaborando activamente con el Encuentro de Jueces como coordinador tècnico del Blog, labor que se le habia encomendado.
Los años 2006 y 2007 trajeron mucha actividad al Encuentro Nacional de Jueces de Ejecuciòn Penal, con Conferencias, Congresos y Jornadas, en las que disertaron especialistas de gran valìa, tanto en ciencias penales, Criminologia, ciencias penitenciarias, como en el estudio de la Ejecuciòn Penal,
Disertantes de la talla de Miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Naciòn,
tambien Magistrados Españoles de Vigilancia Penitenciaria,
el Procurador General Penitenciario,
Tambien el Sr. Director del Servicio Penitenciario Federal,
y del Provincial de Buenos Aires,
la Defensora de Carceles de la Naciòn,
y otras altas personalidades,
dieron realce y categoria a las sucesivas Jornadas y Encuentros, Congresos y Seminarios que se desarrollaron durante los años 2006 y 2007.
Finalmente los dos ultimos años, 2008 y 2009 vieron coronados los esfuerzos iniciales y los emprendimientos encarados tuvieron un marcado exito, como el apoyo brindado por la Universidad Nacional de Buenos Aires y la Universidad del Salvador, Sedes de las Jornadas 2008,
Recientemente Mendoza fue la anfitriona elegida y el ENCUENTRO de Jueces de Ejecuciòn Penal se desarrollò con singular y marcado exito, y tal como se destaca en notas subsiguientes, como en las demas que dan cuenta pormenorizadamente de cada una de las actividades anteriormente enumeradas, contò tambien con la participaciòn de las mas calificadas voces en la materia, bajo el auspicio de altas autoridades jurìdicas y cientificas .
Para el futuro se prevè un Encuentro preparatorio para noviembre de 2009 en Mar del Plata,
y las proximas Jornadas Nacionales de Jueces de Ejecuciòn Penal en Bariloche para el año 2010.







viernes, 10 de julio de 2009

Interesante programa que aborda la problemàtica de Condenados por Delitos Sexuales, mediante un tratamiento multipluridisciplinario postcondena.

NOVEDADES.
En la Provincia de Santa Fe Desde hace tres años,
la actual Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria realiza talleres con hombres condenados por agresiones sexuales, que se encuentran en libertad condicional.
Hace ocho meses, incluyeron un trabajo similar con los que están en la etapa previa (a seis meses de salir de la cárcel con algún régimen de libertad o por finalización de la condena). En la actualidad, son 34 los liberados y 36 los que lo hacen dentro de las instituciones penitenciarias.
En suma, se DICTAN TALLERES CON HOMBRES CONDENADOS POR AGRESIONES SEXUALES, en busqueda de Terapias para evitar la reincidencia
La experiencia, única en el país, se inició al comprobar que el Estado no se ocupaba de los ofensores sexuales, y surgió como una forma de "control y seguimiento" de los internos.
Un intento por abordar conjuntamente lo psíquico y lo social.
Podràs leer esta tan interesante NOTA COMPLETA EN
http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/10-18007-2009-04-06.html

Actualidad.DelitosSexuales El Dr.JulioC.Castro, Director de la Unid.deDelitos Sexuales de la Proc.Gral.delaNacion.Entrevista para DIARIO JUDICIAL.COM.

El Dr. Julio Cesar Castro, Director de la Unid. de Delitos Sexuales de la PROCURACIÒN GRAL. DE LA NACIÒN y FISCAL GRAL. ANTE LOS TRIBUNALES ORALES PENALES DE LA CAPITAL FEDERAL, uno de los Funcionarios Judiciales con mas experiencia en la investigaciòn de Delitos Sexuales, hablò con la reconocida revista jurìdica diariojudicial.com sobre el proceder del abusador, cuales serian las herramientas necesarias para su recuperaciòn, que tratamiento debe tener en su lugar de detenciòn y que seguimiento posterior resultaria necesario. INTERESANTISIMO REPORTAJE cuya integra lectura podràn tenerla en
http://www.diariojudicial.com.ar/nota.asp?IDNoticia=38074
y que resulta altamente recomendada como uno de los tantos tòpicos a tener en cuenta ante tan conflictiva temàtica.

miércoles, 8 de julio de 2009

LaPrestigiosaAsociacion PensamientoPenal,en su reconocidisima pagina web, insertò como "LINK RECOMENDADO" un ENLACE DIRECTO a Nuestro Blog.

La tan prestigiosa ASOCIACION PENSAMIENTO PENAL, que publica una de la mas actualizadas paginas web de Derecho Penal, Penal General y Especial, Criminologia, Derecho de la Ejecuciòn Penal, y otros aspectos del acontecer jurìdico-tribunalicio en lo Penal, Criminologico Y la Ejecuciòn Penal,
y ante gestiones, entre tantos otros, de Jueces de Ejecuciòn Penal, como el Dr.Luis Guillamondegui, Magistrado de Catamarca,
insertò como LINK ESPECIALMENTE RECOMENDADO
un ENLACE DIRECTO a nuestro blogspot.
La pagina de pensamiento penal
http://www.pensamientopenal.com.ar/
posee desde ya su propio segmento de
DERECHO DE LA EJECUCIÒN PENAL, ciertamente interesantisimo ya que compila sistematicamente legislaciòn, doctrina y jurisprudencia sobre la tan particular temàtica.
ver en
http://www.pensamientopenal.com.ar/index.php?option=com_content&view=section&id=13&Itemid=19
Tambien la pagina Web ingresa en el àmbito penitenciario mediante un link directamente relacionado con tal cuestion, en el link
http://www.pensamientopenal.com.ar/index.php?option=com_content&view=section&id=7&Itemid=10
Desde ya, en orden al prestigio y la entidad que la
ASOCIACIÒN PENSAMIENTO PENAL detenta en el àmbito Juridico,
y seguros seguiremos mancomunadamente trabajando en pos de divulgar todas cuantos temas de investigaciòn, capacitaciòn, doctrina, legislaciòn y jurisprudencia relevante, y demàs, resulten de comùn interes, MUCHISIMAS GRACIAS.
EL LINK QUE REDIRECCIONA a este blogspot del Encuentro Nacional de Jueces de Ejecuciòn Penal es
http://www.pensamientopenal.com.ar/index.php?view=category&id=254%3Ablogs-amigos&option=com_content&Itemid=32

miércoles, 3 de junio de 2009

IV ENCUENTRO NACIONAL DeJUECES DeEJECUCIÒN PENAL.INFORME,DESARROLLO,yCONCLUSIONES,Conf.Opinion dela Sra.JUEZ CRISTINA B.LARA.

INFORME del IV Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal,
segùn trabajo enviado por la Sra. Juez en lo Penal y Contravencional de Faltas Dra. Cristina B.Lara.
“En las cosas más difíciles, no debe esperarse que alguien siembre y coseche a la vez, sino que es menester la preparación a fin de que maduren por grados”
Bacon, Serm.fidel.num.XLV
Entre los días 22/25 de abril pasados tuve la oportunidad de concurrir al IV Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal que se llevó a cabo en la Ciudad de Mendoza.
Las actividades se iniciaron con una visita a la cárcel de la ciudad de Mendoza sobre la cual pesan graves denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El referido organismo ha dictado diversas medidas provisionales a fin de que el Estado Nacional adopte de inmediato los recaudos necesarios para asegurar las condiciones de seguridad de dicho establecimiento, se garantice la higiene, salubridad y concretamente se separen los detenidos condenados de los procesados y los menores adultos de los mayores.
En cuanto a la visita poco y mucho puedo decir, ya que las autoridades del lugar planificaron nuestra concurrencia en horario nocturno (20 hs).
Sin perjuicio de ello, los visitantes pudimos acceder a la cocina, donde se advirtieron pésimas condiciones de higiene.
Luego conocimos un pabellón que había estado ocupado plenamente hasta el día anterior, restando aun tres presos.
El sitio no tenía luz artificial motivo por el cual debimos iluminar con nuestro teléfonos celulares. Presentaba ventanucos expuestos a las inclemencias del tiempo, recordándome sus celdas a las de la cárcel –hoy museo- de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego.
Eso sí establecimos contacto visual y casi físico con las ratas del lugar.
A continuación nos condujeron a un panóptico, desde el cual tuvimos una vista general del establecimiento carcelario.
El único indicio de modernidad fue la sala de videoconferencias que le permiten a los internos comunicarse con el Juzgado de Ejecución y efectuar sus planteos tales como interposición de habeas corpus, etc.
Considero que dada la vetustez del edificio que ya no admite más reacondicionamientos sino demolición, y lo poco que pudiera apreciar, resultan claramente entendibles las denuncias que pesan sobre el lugar.
Luego de tomar contacto directo con la realidad de las cárceles, al día siguiente se realizaron las actividades académicas, en cuyo acto inaugural disertó el representante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Dr.Florentín Meléndez, el cual nos ilustró respecto de la situación de las cárceles de la región y en especial de la que visitáramos el día anterior, ya que se aprestaba a efectuar un relevamiento de la misma. El Dr. Alejandro Marambio Avaria nos brindó datos estadísticos efectuados por el Servicio Penitenciario Federal cuya dirección tiene a su cargo. A continuación el Dr.Gustavo Letner expuso sobre el documento elaborado por la Comisión “Ad Hoc”, entre cuyos integrantes me encuentro, denominado “Principios y Líneas de acción necesarias para el diseño de una política penitenciaria para la ciudad de Buenos Aires” respecto del cual he de volver sobre el final de la presente. Con posterioridad se desarrollaron los trabajos en comisión, interviniendo la suscripta en la Nª2 vinculada con las “Salidas transitorias”, oportunidad propicia para intercambiar opiniones entre jueces de ejecución nacionales y extranjeros. Finalmente se leyeron las conclusiones finales que se adjuntan al presente. Habiendo transcurrido algunos días del evento y puesta a evaluar el resultado del Encuentro debo poner de resalto la óptima situación en la cual se encuentra nuestra novel Justicia Penal y Contravencional de la Ciudad ya que si prestamos atención al documento vinculado con la Política Penitenciaria propuesto para la Ciudad de Buenos Aires que de manera clara y precisa presentara el Dr.Letner, resulta palmario que el mismo no solo ha receptado los principios de los mas recientes documentos internacionales tales como los “Principios y buenas Practicas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas”, adoptados por la CIDH en la ciudad de Washington DC el 13/3/08, sino que da respuesta o solución a los planteos efectuados por los colegas presentes en el evento. En síntesis creo que a la luz del encuentro académico de la ciudad de Mendoza; el cual consistiera en la visita a la cárcel que nos aportara una cuota de realidad; las dificultades que plantearon los distintos magistrados de ejecución y el documento que elaborara la Comisión “Ad Hoc” de Políticas Penitenciarias, es que considero que es el momento oportuno de requerir el apoyo de las distintas instituciones, ya sea desde el Consejo de la Magistratura de la ciudad, Poder Ejecutivo y Legislatura de la ciudad para alcanzar los objetivos plasmados en el instrumento antes indicado. De consuno a lo sostenido por Francis Bacon al comenzar mi exposición -párrafo tomado de la obra de Cesar Beccaria “De los Delitos y De las penas”-, en esta etapa fundacional de nuestra Justicia de la ciudad, es este el tiempo justo de la siembra, en el cual debemos partir dejando atrás los errores de aquellos que nos precedieron para implementar un modelo superador que nos diferencie positivamente.
CRISTINA BEATRIZ LARA
JUEZ EN LO PENAL Y CONTRAVENCIONAL DE FALTAS

sábado, 23 de mayo de 2009

MEMORIA DEL CUARTO ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL DELA ARGENTINA,24/25 ABRIL/MENDOZA.DESARROLLO,ESTUDIOS,DIAGNOSTICOS Y CONCLUSIONES/

IV ENCUENTRO NACIONAL
DE JUECES DE EJECUCION PENAL
24 y 25 de Abril de 2009, Provincia de Mendoza –
Introducción
Los días 24 y 25 de Abril del corriente año, se llevó a cabo el “IV Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal”, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo, en la Provincia de Mendoza. Dicho encuentro contó con la participación de Magistrados y Funcionarios de los Poderes Judiciales y de los Ministerios Públicos de la Nación y de las Provincias.
Se organizó en distintas comisiones temáticas, y en la presentación de paneles representados por destacados especialistas en diversas materias relativas a la ejecución de la penal.
Dicho evento fue declarado de interés institucional por el Plenario de Consejeros mediante la Res. 89/2009, y fue el escenario en el cual se llevo a cabo la presentación del documento elaborado por la Comisión Ad-Hoc para la Implementación de Políticas Penitenciarias para la CABA, “Principios y Líneas de acción necesarias para el diseño de una Política Penitenciaria para la Ciudad de Buenos Aires”, presentación a cargo del Dr. Gustavo Letner, Juez del Juzgado Nº 15 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA.
A continuación se hará una reseña del desarrollo del encuentro, las comisiones y los panelistas, así como también de la presencia de los integrantes de la Justicia de la ciudad que asistieron al mismo.
Visita a la cárcel
El día 22 de abril, en horas de la tarde, se realizo la visita a la Penitenciaria Provincial de Mendoza (Complejo Boulogne Sur Mer), objeto de cuestionamientos por ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, actualmente en proceso de solución amistosa.
A dicha visita asistieron los magistrados de la ciudad Dras. Maria Araceli Martínez y Cristina Lara.
Paneles Académicos
Los Paneles Académicos se desarrollaron el día 23 por la mañana y el día 24 por la tarde
, los mismos estuvieron a cargo de personalidades reconocidas, tanto a nivel nacional como internacional. Entre otros, disertaron: el Comisionado Florentín Meléndez. Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para las personas privadas de su libertad; la Dra. Ángela Ledesma, Vocal de la Cámara Federal de Casación Penal; el Dr. Mario Coriolano, Defensor Oficial ante la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Vicepresidente del Subcomité para la Prevención de la Tortura de Naciones Unidas; el Dr. Alejandro Marambio Avaria, Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal; el Dr. Gustavo Letner, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 15 del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Bs. As, el Dr. Francisco Mugnolo, Procurador Penitenciario de la Nación.
Trabajo en Comisiones
El trabajo en Comisiones se llevó a cabo durante las dos jornadas del encuentro: el día jueves 23 por la tarde, comenzó el trabajo de las 5 Comisiones temáticas, las mismas se organizaron mediante Coordinadores y Relatores a cargo de cada una de ellas, cuya tarea fue la de dirigir y organizar los debates, y las ponencias presentadas, para luego elaborar las conclusiones que se sometieron a votación en el Plenario.
Las comisiones referidas fueron las que se detallan a continuación:
Comisión N° 1: Las normas locales de ejecución penal incompatibles con las disposiciones de la ley de ejecución de las penas privativas de la libertad (ley 24.660). En especial el caso de la libertad asistida del art. 104 de la ley 12.256 de la provincia de Buenos Aires y su diversa regulación del instituto incorporado por el art. 54 de la ley 24.660 y las normas relativas a salidas transitorias de Buenos Aires, Catamarca y Misiones. /////Coordinadores: Dr. Federico Merlini (Juez de Ejecución Penal de Quilmes)/////Relator/a: Dra. Mónica Lescano (Dirección de Política Judicial, CMCABA)//////Comisión N° 2: Salidas transitorias. Frecuencia y duración. Su ampliación. Criterios para graduarla. Tratamiento penitenciario de los reincidentes. La posibilidad de reincorporación a la modalidad de salidas transitorias en los casos de fuga o evasión. Salidas transitorias excepcionales por festividades y cumpleaños.
Coordinadores: Dr. Sergio Delgado (Juez Nacional de Ejecución Penal) y Dra. Maria Paula Marisi (Secretaria de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Oral Nº1, Pcia. de Mendoza)
Relator/a: Sebastián Carrera (Oficina de Control de Suspensión del Proceso a Prueba, del Ministerio Publico de la CABA)
Comisión N° 3: Las reglas de conducta en los distintos institutos: Suspensión de juicio a prueba (probation), condenas de ejecución condicional, libertades anticipadas, tareas para la comunidad. Contralor. Consecuencias del incumplimiento. Tratamientos psicológicos, psiquiátricos y de adicción a las drogas de los internos. Necesidades y propuestas. Equipos interdisciplinarios en las unidades y en los juzgados: conformación e interacción.
Coordinadores: Dr. Luis J. Cevasco (Fiscal General Adjunto de la CABA) y Dra. Liliana Magrini (Titular de la Oficina de Control de Suspensión del Proceso a Prueba del MPF de la CABA)
Relator/a: Dra. Jimena Polverari (Dirección de Política Judicial, CMCABA)
Comisión N° 4: Salario mínimo vital y móvil. El art. 121 de la ley 24.660 y el art. 14 bis de la Constitución Nacional. Fondo de reserva: su disposición anticipada. Fondo de reembolso: su compatibilidad constitucional. Estado actual de la cuestión.
Coordinadores: Dr. Marcelo Peluzzi (Juez Nacional de Ejecución)
Relator/a: Dr. José Luis Esposito (Tribunal Oral Federal Nº 3, San Martín)
Comisión N° 5: La nueva regulación del arresto domiciliario (el nuevo texto del art. 33 y cc. de la ley 24.660). Procedimiento. Formas rituales para mejor consultar el interés superior del niño (v.gr. Cámara Gessel, Curador Ad Litem para el menor).
Coordinadores: Dr. Ariel Cejas Meliare (Procuración Penitenciaria de la Nación)
Relator/a: Dr. Alberto Volpi (Procuración Penitenciaria de la Nación)
El día 24, por la mañana, se llevó a cabo la votación en Plenario, dándose a conocer por parte de los coordinadores de las respectivas comisiones las conclusiones a las que se arribaron y sometiendo las mismas a la votación de los magistrados, funcionarios, prosecretarios y secretarios con tareas de ejecución presentes.
Quienes tuvieron a cargo las relatorias, tuvieron también la función de tomar nota de todo lo debatido en comisión, como así también, lo que surgiera del plenario, para luego elaborar las memorias del encuentro.
Conclusiones del Plenario/////Como se hizo referencia en el punto anterior, el día 24 por la mañana se sometieron a votación plenaria las conclusiones a las que arribaron cada una de las Comisiones temáticas. De dicha votación se elaboraron las conclusiones finales del encuentro, a saber:
Comisión Nro. 1
Ø La ley N° 24.660 establece un marco garantizador mínimo permitiendo a las legislaciones provinciales legislar sobre la materia de ejecución penal, incluyendo institutos de fondo. (Siguiendo los lineamientos del fallo de la Corte “Verbitsky”)
Comisión Nro. 2////Ø La frecuencia y duración de cada salida transitoria se adecuará al caso concreto, debiendo basarse la decisión el Juez de Ejecución en el programa individual de tratamiento del interno y en los informes criminológicos, dentro de los términos y limites de la Ley de Ejecución Penal. La decisión debe ser adecuadamente motivada y fundamentada, a fin de preservar los derechos de las personas privadas de su libertad.Ø Propiciar la implementación de la oralidad en la etapa de Ejecución, a los efectos de resguardar los principios de inmediación y concentración. Asimismo corresponde reclamar a los Consejos de la Magistratura y a las autoridades pertinentes la implementación de un sistema de videoconferencia en una sala que preserve la confidencialidad de las mismas.Ø El control de la supervisión de las salidas transitorias debería estar a cargo, en la medida de lo posible, de un servicio social calificado.
Ø Propiciar la implementación de la Justicia de Ejecución Penal en donde no haya sido creada, junto con los respectivos Ministerios Públicos y grupos interdisciplinarios, en cantidad suficiente.
Comisión Nro. 3
Ø Como las cárceles no son un ámbito ajeno al Estado, en ese medio también deben aplicarse las políticas públicas de Salud.
Por lo tanto, los problemas de drogodependencia y otras adicciones de las personas privadas de su libertad, deben ser incluidos en los programas generales de salud pública. Ello en consonancia con lo establecido en el punto de 10 de los Principios y Buenas Practicas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas (CIDH) .
Ø El seguimiento de reglas de conducta establecidas en los casos de la suspensión del proceso a prueba, condena condicional y libertades asistidas, debe realizarse por equipos multidisciplinarios, que se constituyan en el campo (domicilios, lugares de cumplimiento, etc.) a fin de establecer redes que lo faciliten, y trabajar bajo los criterios complementarios de control (observancia activa) y asistencia (acompañamiento para derribar obstáculos).
Ø Se aconseja que antes de disponerse la suspensión del proceso a prueba, se realice una entrevista previa del beneficiario con un equipo interdisciplinario, que analice con el imputado cuales son las reglas de conductas de cumplimiento posible y aconseje en consecuencia a los órganos encargados de resolver sobre el instituto. Deberá notificarse a la defensa para permitir su participación en la entrevista. Se aconseja al Ministerio Público Fiscal tener contacto con la victima para explicar los alcances del instituto.
Ø Se aconseja establecer los medios para que los equipos técnicos de las unidades Penitenciarias tengan contacto fluido e interactivo con los Jueces de Ejecución.
Ø Se aconseja que el control de las reglas de conducta en la suspensión del juicio a prueba lo realice un órgano ajeno a los jueces de ejecución y que la decisión sobre la extinción o continuación de la acción la tomen los jueces que concedieron el instituto.

Comisión Nro. 4////Ø Se adopten las medidas presupuestarias y de organización para censar las actividades de naturaleza laboral desempeñadas por los internos y remunerarlas conforme a derecho.Ø Se adopten las medidas necesarias para que las retribuciones de los internos trabajadores no sean inferiores al salario mínimo, vital y móvil.
Ø Propiciar mediante la reforma legal pertinente la derogación de la disposición del Art. 121 inc. c) de la ley 24.660, a fin de posibilitar la adecuación constitucional de la norma.Ø Recomendar que en la resolución de incidencias en las que se requiere la disposición anticipada del fondo de reserva de la retribución de los internos, se atienda especialmente a la voluntad del interesado, teniendo en cuenta que es un fondo propio.Ø Solicitar la opinión de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación acerca de la reglamentación de la agremiación de los internos trabajadores y, en tal caso, de las inmunidades gremiales y del derecho de huelga.

Comisión Nro. 5/////Ø No es necesario reglamentar las normar de la ley 26472. La jurisprudencia y la doctrina deben hacer su interpretación. Los derechos que reconoce son “operativos”.
Ø El principio de legalidad debe ser la línea rectora de la interpretación. De lo cual se deduce que no se pueden añadir requisitos -para establecer la procedencia de la aplicación del instituto- que la ley y los tratados no exigen. No se puede usar la peligrosidad como criterio. El principio de legalidad también implica que no puede retrocederse en la aplicación y el reconocimiento de los derechos consagrados desde antes en base la normativa internacional, de modo que esta reforma sólo puede mejorar las expectativas de los detenidos de acceder al beneficio, y no puede ser interpretada como una fuente de restricciones. Ø La enumeración de hipótesis contenida en la ley 24660 no excluye la procedencia del arresto domiciliario en otros supuestos no mencionados. Corresponde la “analogía a favor de los presos”, tal como lo venía estableciendo la doctrina y la jurisprudencia antes de la reforma, basándose en los tratados internacionales de derechos humanos. Incluso en los casos de niños que tengan más de cinco años. Ø El juez debe conceder el arresto domiciliario si se cumplen los requisitos que fija la ley salvo que existan pruebas que acrediten que la concesión supone un perjuicio para el “interés superior del niño”. Ø La presencia de situaciones sociales insatisfactorias (vivienda, salud, educación, etc.) no pueden impedir la concesión del arresto domiciliario. Pero en razón de que la satisfacción de esos derechos (sociales y económicos) es una obligación del Estado, también fijado en tratados internacionales y en la Constitución, los jueces deben, al momento de conceder el arresto domiciliario, “emplazar” a las autoridades para que los deberes asistenciales se ejecuten derechos en cada caso.
Ø No deben confundirse los institutos del arresto domiciliario y la excarcelación. //////La presencia de la Justicia de la Ciudad////En virtud de la invitación cursada a esta Dirección de Política Judicial por quienes tuvieron a cargo la organización del encuentro, a fin de que por nuestro intermedio sean convocados Magistrados y Funcionarios de la CABA, así como también solicitando el auspicio o declaración de interés por parte del Consejo de la Magistratura de la CABA, es que mediante la Res. 89/2009 el Plenario de Consejeros declaró de interés el encuentro.
En fecha 26 de marzo del corriente año, se cursaron invitaciones a todos los magistrados jueces de la jurisdicción. Asimismo se cursó invitación al Ministerio Publico de la CABA, a fin de que invite a sus integrantes.
Teniendo en cuenta que en el ámbito de Justicia de la Ciudad, los Jueces en lo Penal, Contravencional y de Faltas poseen también competencias como Jueces de Ejecución Penal; que en el en el ámbito jurisdiccional y que este Consejo ha creado mediante Res. Nº 365/07 la “Comisión Ad – Hoc para la implementación de Políticas Penitenciarias para Ciudad de Buenos Aires”, asistió al encuentro el Dr. Pablo Corbo en su carácter de Secretario de la Comisión de referencia, y el Dr. Gustavo Letner, a cargo del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº15, llevo a cabo la presentación del Documento Marco “Principios y Líneas de acción necesarias para el diseño de una Política Penitenciaria para la Ciudad de Buenos Aires”, elaborado por la misma.
También asistieron al encuentro la Dra. Cristina Lara, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 21; la Dra. Maria Araceli Martínez, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 29; la Dra. Susana Parada, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 31, y la Dra. Maria Gabriela López Iñiguez, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 14.
En representación del Ministerio Publico Fiscal, asistieron el Dr. Luis Cevasco, Fiscal General Adjunto de la CABA; la Dra. Liliana Magrini, titular de la Oficina de Control de Suspensión del Proceso a Prueba del MPF, la Dra. Claudia Barcia, cotitular de la Fiscalia Penal, Contravencional y de Faltas Nº 6, el Dr. Federico E. Stolte, cotitular de la Defensoría Penal, Contravencional y de Faltas Nº 3, y el Dr. Javier Scipioni por la Defensoría General en lo Penal, Contravencional y de Faltas.
Conclusiones A modo de conclusión destacamos, en primer lugar, la organización de evento a cargo de la Dra. Maria Paula Marisi, el Dr. Sergio Delgado y sus colaboradora/es, quienes previeron todos los detalles y brindaron a los asistentes un excelente congreso; en segundo lugar, consideramos que el encuentro aportó a sus participantes conocimiento, experiencia y enriquecimiento mutuo sobre la materia de ejecución penal, en especial a los magistrados de la ciudad, ya que se abordaron temáticas, entre otras, relativas a la ejecución de la pena, la suspensión del juicio a prueba, todas ellas de incumbencia en nuestra jurisdicción. Por lo cual la experiencia permitió posicionar a la ciudad en el escenario nacional de ejecución penal, dando a conocer el reciente documento que fija las bases de la ciudad en la futura política penitenciaria, contribuyendo al intercambio con otras jurisdicciones, y aportando a nuestros magistrados mayor conocimiento sobre las problemáticas en la ejecución penal.
También advertimos la importante presencia durante todo el evento, de la Justicia de la Ciudad. En particular la participación de los Dres. Gustavo Letner, quien tuvo a cargo el Panel de la Ciudad y Pablo Corbo, Secretario de la Comisión Ad – Hoc para la implementación de Políticas Penitenciarias para la CABA. Ambos presentaron el Documento Marco “Principios y Líneas de acción necesarias para el diseño de una Política Penitenciaria para la Ciudad de Buenos Aires”, elaborado por la Comisión Ad – Hoc para la implementación de Políticas Penitenciarias para la CABA: el Dr. Letner en oportunidad del Panel del día 23 y el Dr. Corbo a lo largo del trabajo de la Comisión de referencia. Este trabajo fue especialmente reconocido por los integrantes de la Comisión dónde participaron. Por último queremos agradecer al Director de Política Judicial, Dr. Fernando Yuri por habernos permitido e incentivado a concurrir al evento como relatoras. Dra. Mónica Lescano Dra. Jimena Polverari///Dirección de Política Judicial
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

jueves, 30 de abril de 2009

CuartasJornadasDelENCUENTRO NACIONAL DeJUECES DeEJECUCIÒN PENAL.MENDOZA,ABRIL,2009,IMPORTANTES MEDIOS DE DIFUSION BRINDARON TRASCENDENTE COBERTURA


IMPORTANTES PUBLICACIONES INFORMARON Y DIERON AMPLIA DIFUSION AL CUARTO CONGRESO NACIONAL DEL ENCUENTRO DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL.

ENTRE ELLAS LA PAGINA WEB
MENDOZA ON LINE
http://www.mdzol.com/mdz/nota/123140
-cliqueà la dir. y abrì la nota-
trascendente medio de la Provincia anfitriona al que desde ya agradecemos sobremanera la amplia cobertura brindada.






JORNADAS NACIONALES 2009 DEL ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL DE LA ARGENTINA. MENDOZA, ABRIL DE 2009.

CON TOTAL EXITO, los dias 23, 24 y 25 de Abril de 2009, SE REALIZARON EN LA CIUDAD DE MENDOZA LAS CUARTAS JORNADAS DEL ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCION PENAL.



EL trascendente evento contò con la presencia y la activa participaciòn de una importantisima cantidad de Magistrados Nacionales y Provinciales DE EJECUCIÒN PENAL, Defensores y Fiscales, asi como Funcionarios en general, miembros de la Procuraciòn Penitenciaria Nacional, del Servicio Penitenciario Federal y de Servicios Penitenciarios Provinciales, de Organizaciones y Fundaciones interesadas en la problemàtica penitenciaria y la Resocializaciòn de los internos, Funcionarios y Magistrados nacionales y extranjeros especialmente invitados, y miembros tambien de institutos de Estudio e Investigaciòn de las Ciencias Criminològicas y de la Ejecuciòn de la Pena Privativa de la Libertad.
El CUARTO Congreso Nacional del ENCUENTRO DE JUECES DE EJECUCION PENAL, Mendoza, Abril de 2009, fuè impecablemente organizado y transcurriò con todo exito bajo la coordinaciòn de la Sra. Secretaria en Ejecuciòn Penal del Tribunal Oral Criminal Federal nro 1 de Mendoza Dra. Maria Paula Marisi, quien contò conla permanente asistencia y colaboraciòn de Jueces Nacionales y Provinciales de Ejecuciòn Penal, entre tantos otros,
Los Magistrados nacionales Dres. Sergio D.Delgado, Marcelo Peluzzi, y los proviciales el Dr. Merlini de Pcia de Bs.As. y el Dr. Luis Guillamondegui, Juez de Catamarca,
por nombrar solo algunos de los tantos que activamente posibilitaron la concreciòn y el excelente desarrollo de las Jornadas. PROXIMAMENTE PUBLICAREMOS LOS PRINCIPALES ASUNTOS PUESTOS EN DEBATE Y LAS CONCLUSIONES ALCANZADAS.

jueves, 19 de marzo de 2009

Cuarto Encuentro Nac.deJueces deEjecuciòn Penal,Mendoza 22,23y24 de ABRIL.Mendoza en Fotos

Fotos de Mendoza Argentina
A mas de la extensa informaciòn que sobre las
CUARTAS JORNADAS DEL ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
se publica en las notas subsiguientes de esta Pàgina Central
-transportaciòn gratuita desde Bs As. cedida por la Asociacion de Magistrados y Funcionarios de la Naciòn, contacto,
-Programa del Encuentro, enviado por la Sra. Secretaria del Tribunal Oral Federal en lo Criminal nro.1 de Mendoza, organizadora del Encuentro, Dra. Maria Paula Marisi,
- Informaciòn sobre Presentaciòn de PONENCIAS, fechas, contacto, envio y demàs datos de interes sobre trabajos de investigaciòn,
- y toda otra Informaciòn estimada Relevante,
en esta Entrada se presenta un muy interesante link
con hermosisimas fotos de la Provincia y Ciudad anfitriona, MENDOZA

viernes, 6 de febrero de 2009

CUARTO ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCION PENAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. MENDOZA, 23 y 24 de ABRIL 2009.

CUARTO CONGRESO DEL ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
23 y 24 de Abril de 2009.Ciudad de Mendoza.
PRESENTACION DE PONENCIAS.
Contacto.
En efecto, nos honra que Mendoza haya sido elegida sede de la IV edición de dichas jornadas, que se realizarán en esta Ciudad los días 23 y 24 de Abril de 2009. Corresponde destacar, al respecto, que ésta será la primera oportunidad en que se llevarán a cabo en el interior del país, habiendo sido la Ciudad de Buenos Aires la anfitriona en todas las ocasiones precedentes. Hemos iniciado con antelación los preparativos del evento en el entendimiento de que su éxito servirá para optimizar el desempeño de quienes se ocupan con profunda convicción de esta materia, y contribuir de tal modo a la consecución de los fines de la pena. En la búsqueda de tal objetivo es que en esta oportunidad serán invitados formalmente -además de los magistrados- los funcionarios del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos de la Nación, de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La experiencia recogida nos permite sostener, categóricamente, que cada encuentro aporta a sus participantes conocimiento, experiencia y enriquecimiento mutuos. De allí el anhelo y la conveniencia de incorporar cada vez más profesionales, especialistas y trabajadores en la materia, del país todo. En el marco antes descripto es que decidimos trabajar con profundo compromiso en la tarea encomendada, y es así que nos honraría contar con su presencia en el acto de apertura -a realizarse el día 23 de abril en horas de la mañana en la Universidad Nacional de Cuyo-, así como también en todas las demás actividades académicas y sociales que serán realizadas. A la espera, entonces, de sus noticias, lo saludo con las expresiones de mi consideración más distinguida.
PROGRAMA PROVISORIO
Acto preparatorio (para quienes puedan llegar el día miércoles 22 de Abril, en horas de la tarde).
Visita de cárcel a la Penitenciaría Provincial de Mendoza (Complejo Boulogne Sur Mer), objeto de cuestionamientos por ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Actualmente en proceso de solución amistosa.
Día 1: 23 de Abril de 2009
9.30 hs.: Acto de apertura. Presentación de autoridades.
10.30 hs.: Comienzo de trabajo en Comisiones.
Comisión N° 1: Las normas locales de ejecución penal incompatibles con las disposiciones de la ley 24.660 (v.gr. libertad asistida del art. 104 de la ley 12.256 de la provincia de Buenos Aires que tiene previsto un plazo distinto al del art. 54 de la ley 24.660 o las relativas a salidas transitorias de Catamarca y Misiones).
Comisión N° 2: Gradualidad en la frecuencia de las salidas transitorias. Tratamiento penitenciario de los reincidentes. La posibilidad de reincorporación a la modalidad de salidas transitorias en los casos de fuga o evasión. Salidas transitorias excepcionales por festividades y cumpleaños.
Comisión N° 3: Las reglas de conducta en los distintos institutos: Probation, condenas de ejecución condicional, libertades anticipadas, etc. Observancia, contralor y consecuencias del incumplimiento. Tratamientos psicológicos, psiquiátricos y de adicción a las drogas de los internos. Propuestas y necesidades para su concreción. Equipos interdisciplinarios en las unidades y en los juzgados: conformación e interacción.
Comisión N° 4: Salario mínimo vital y móvil. El art. 121 de la ley 24.660 y el art. 14 bis de la Constitución Nacional. Fondo de reserva. Disposición anticipada. Fondo de reembolso: su compatibilidad constitucional. Estado actual de la cuestión.
Comisión N° 5: El nuevo texto del art. 33 y cc. De la ley 24.660. Procedimiento. Formas rituales para mejor consultar el interés superior del niño (v.gr. Cámara Gessel, Curador Ad Litem para el menor, etc.).
13 hs.: Descanso para almorzar.
15.00 hs: Reapertura de trabajo en Comisiones.
18.30 hs.: Fin de trabajo en Comisiones. Lectura de conclusiones.
20.30 hs.: Cocktail de bienvenida en la Terraza Jardín Mirador “Gerardo Andía”, con intervención de la Orquesta Municipal. Municipalidad de Mendoza. 9 de Julio N° 500.Día 2: 24 de Abril de 2009.
9.30: Panel académico.
Disertantes invitados:
1.- Comisionado Florentín Melendez. Relator de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
2.- Magistrado de la República de Chile, que será designado por el Plenario de la Corte Suprema de ese país el día 6 de Marzo próximo.
3.- Dra. Angela Ledesma. Integrante de la Cámara Nacional de Casación Penal.
4.- Dr. Marcos SALT. Director del Centro de Estudios Penitenciarios de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires.
5.- Dr. Mario Coriolano. Defensor Oficial ante la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Vicepresidente del Subcomité para la Prevención de la Tortura de Naciones Unidas.
6.- Dr. Alejandro Marambio Avaria. Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal.
13.00 hs.: Descanso para almorzar.
15.00 hs: Trabajo en Plenario.
18.30 hs.: Fin de trabajo en Plenario. Lectura de conclusiones.
20.30 hs.: Acto de cierre. Vino de despedida en la Asociación de Magistrados de la Provincia de Mendoza. República del Líbano N° 206, Barrio Bombal, Ciudad de Mendoza.
Conforme lo acordado en el último Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal, la Comision Organizadora se encuentra trabajando arduamente para concretar exitosamente el próximo Encuentro en la Ciudad de Mendoza, fines satisfacer en todos los aspectos intelectuales y profesionales a los asistentes, y brindarles una grata visita en la tan hermosa ciudad cuyana.
En consecuencia, hacemos saber los temas para la
PRESENTACION DE PONENCIAS
que deberán ingresar en soporte papel y en soporte electrónico hasta el día 17 de abril de 2009 .-
El Encuentro durante el primer día, se desarrollarà en Comisiones
(una por cada tema propuesto) con un cierre plenario al final del día, y el Segundo día la labor serà Plenaria para todos podamos profundizar las cuestiones sometidas.-
Ello, claro está, además de media jornada que estará dedicada a la disertación de panelistas especializados en los temas que nos ocupan. . Saludamos a Uds. cordialmente. Comision Organizadora,
Magistrados y Funcionarios de Ejecuciòn Penal
con asiento en la Ciudad de Mendoza.

Privaciòn de la Libertad,Ejecuciòn, Resocializaciòn,ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS. Link.

"PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD,
Doctrina y Jurisprudencia"
ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS y UNION EUROPEA.
INTERESANTISIMO TRABAJO DE INVESTIGACIÒN
Y DIVULGACIÒN CIENTÌFICA,
TEMÀTICA DE la PRIVACIÒN DE LA LIBERTAD,
IMPECABLEMENTE DISEÑADO, PRODUCIDO Y PUBLICADO POR EL Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos, y la Union Europea.
Sumario reducido
Situacion de la relaciòn especial en que se encuentran las personas privadas de su libertad.
Tratamiento penitenciario respecto de los reclusos.
Derechos no cercenados por la condena.
Salud, alimentaciòn, educaciòn, capacitaciòn.
Condiciones del alojamiento carcelario.
El tratamiento penitenciario con miras a la resocializaciòn del penado.
El trabajo en las càrceles, industrias penitenciarias.
Acceso a la informaciòn.
Clasificaciòn y distribuciòn de los reclusos.
Personal penitenciario, formaciòn, capacitaciòn, distribuciòn.
Otros tantos importantisimos temas.

Texto Completo en link

http://www.pensamientopenal.com.ar/22122008/situacion03.pdf

http://www.pensamientopenal.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=4338:alto-comisionado-de-las-naciones-unidas-para-los-derechos-humanos-personas-privadas-de-la-libertad-jurisprudencia-y-doctrina&catid=86:trabajos&Itemid=10

Fuente Revista Digital "Pensamieto penal"

www.pensamientopenal.com.ar

Nro. 77 - 22 de diciembre 2008./////////////

jueves, 22 de enero de 2009

2009 NOVEDADES. LEGISLACIÒN MODIFICATORIA DE LA LEY DE EJECUCIÒN PENAL. PRISIÒN DOMICILIARIA PARA EMBARAZADAS Y EN OTROS CASOS.

LEGISLACIÒN EN EJECUCIÒN DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD.
RECIENTES MODIFICATORIAS Y/O AMPLIATORIAS
A LA LEY DE EJECUCIÒN PENAL NAC.NRO. 24.660.
NUEVAS CAUSALES PARA LA PRISIÒN DOMICILIARIA.
También podrán otorgarse a mujeres embarazadas, madres con hijos menores de cinco años, discapacitados y enfermos en tratamiento. Se suman a los mayores de 70 años y enfermos en estado terminal. Así lo aprobó el Senado al reformar el Código Penal y la ley de Ejecución Penal. También se dispuso que el seguimiento del condenado sea través de organismos sociales
EL HBLE . Senado de la Nación aprobó este miércoles una reforma a la ley 24.660 de Ejecución Penal y al Código Penal de la Nación que extiende las causales de prisión domiciliaria en cuatro nuevos supuestos. Las excarcelaciones también podrán dictarse para mujeres embarazadas, madres con hijos menores de cinco años o una persona con discapacidad a su cargo, a los discapacitados y a los enfermos en tratamiento, cuando las condiciones carcelarias no sean las adecuadas a su estado. Los nuevos beneficios se suman a los que ya regían que eran para los mayores de 70 años y para los enfermeros terminales. Las modificaciones fueron aprobadas por unanimidad (42 votos) por el Senado que avaló el proyecto que había sido aprobado por la Cámara de Diputados. Los cambios se realizaron en varios artículos de la ley de Ejecución Penal y del artículo 10 del Código Penal. En el caso de los discapacitados la prisión domiciliar podrá ser otorgada cuando la cárcel sea “inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel”, y para las personas enfermas en tratamiento cuando su lugar de detención “le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario”. La reforma también dispone que el otorgamiento de la prisión domiciliara será una facultad del juez y se dispondrá según su “criterio”. Además, el magistrado podrá disponer un seguimiento del condenado a través de organismos sociales y ya no mediante las fuerzas de seguridad. “El juez de ejecución o competente, cuando lo estime conveniente, podrá disponer la supervisión de la medida a cargo de un patronato de liberados o de un servicio social calificado, de no existir aquél. En ningún caso, la persona estará a cargo de organismos policiales o de seguridad”, señala la reforma al artículo 33 de la ley de Ejecución Penal y al 502 del Código Procesal Penal. “Nuestras cárceles no cuentan con estructura acorde, personal capacitado ni con las condiciones aptas para criar a los bebés, para paliar las enfermedades extremas de algunos internos o para evitar que los presos discapacitados caigan en condiciones inhumanas o crueles”, sostuvo Marín. Llamado de atención a los jueces “espero que los jueces argentinos interpreten de forma correcta el espíritu de este proyecto de ley. Espero que, por más madres que sean, no otorguen este beneficio a aquellas mujeres que han transgredido la ley penal cometiendo hechos de alta violencia —robo a mano armada u homicidios—, porque este no es el espíritu de la norma”, dijo durante la discusión de la iniciativa el presidente del bloque de Senadores del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto, aunque aclaró que hablaba a título personal. Pichetto dijo que el sistema penitenciario argentino tiene “falencias profundas”, coincidió con la defensa de los derechos que plantean los tratados internacionales pero pidió que “no sirva para la impunidad”. “Coincido en que, si hay un hurto, un hecho delictivo menor, y una mujer está embarazada, en la cárcel, hay que ponerla en libertad para que cuide al chico. Hay un sentido humanitario en eso. Pero si estamos frente a un delito de alta violencia, la puesta en libertad ocasionaría una sensación de desprotección en la sociedad argentina, en un momento en el que esta temática tiene una fuerte demanda”, opinó el senador. Fuente: www.diariojudicial.com20/12/2008
//////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////////
REPORTAJE AL MINISTRO DE JUSTICIA DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES EN TORNO AL TEMA UT SUPRA. fuente pagina12.com .- LAS mujeres que se encuentran alojadas en cárceles ... y que están embarazadas o tienen hijos pequeños podrán cumplir la pena con detención en su domicilio, anunció el ministro de Justicia, Ricardo Casal.
"Entendemos que una madre con su niño pequeño o una mujer embarazada dentro del sistema no es bueno para ella, ni para su niño o familia y puede tranquilamente tener una prisión domiciliaria muy bien controlada", explicó Casal.El titular de la cartera de Justicia adelantó que se revitalizará la resolución 2306 "que dispone la aplicación de prisión domiciliaria para mujeres con hijos y en estado de gravidez, mediante el control de monitoreo electrónico".Precisó que "sólo deben estar en prisión aquellas mujeres que la justicia considera que es la única alternativa de cumplimiento de condena" por lo que detalló que "en aquellos casos donde podamos aplicar penas alternativas lo vamos a intentar".Según informó la cartera de Justicia en las cárceles de la provincia de Buenos Aires se encuentran alojadas 917 mujeres, de las cuales 19 están embarazadas y otras 73 conviven con sus pequeños hijos..... .Casal explicó que el beneficio de la prisión domiciliaria no se otorga en forma automática "porque es el juez que entiende en cada una de las causas en las que hay una persona detenida el que decide si aplica a o no este sistema de libertad vigilada".Si bien la posibilidad de otorgar el beneficio queda a criterio de los jueces, en la Legislatura provincial está pendiente el tratamiento de un proyecto de ley que obliga a los magistrados a otorgar la libertad vigilada a mujeres embarazadas o con hijos menores a 6 años.La iniciativa, de la diputada Laura Berardo (FPV), propone modificar artículos del Código de Procedimiento Penal de la provincia de Buenos Aires y beneficiar con la llamada "prisión domiciliaria" a las detenidas embarazadas o que tuviesen a cargo hijos menores de 6 años de edad.Establece que las detenidas deberán acreditar la maternidad con los respectivos certificados de nacimiento y el embarazo con el informe médico que corresponda y que el beneficio se eliminará en caso de que la imputada no cumpla con las reglas que se le impusieron, trate de eludir la acción de la justicia o no compareciere al llamado judicial sin causa justificada.En la fundamentación del proyecto, Berardo explicó que la reforma tiene como "fin adecuar el Código a la normativa constitucional y a los estándares internacionales"."El ámbito carcelario, más allá del mal estado, la deficiencia infraestructura de las instituciones penitenciarias de nuestro país y la constante interacción violenta, ya de por sí, es inadecuado para alojar a ciertas personas vulnerables", sostuvo.Consideró además que "la sanción no debe trascender al individuo responsable penalmente (principio de intrascendencia penal) y se considera que la privación de la libertad, afecta sensiblemente al feto".

viernes, 2 de enero de 2009

2009 NOVEDADES Y ACTUALIDAD . DESPENALIZACION DEL CONSUMO PERSONAL DE DROGAS. TENDENCIAS DOCTRINARIAS Y JURISPRUDENCIALES .

El máximo estamento de Justicia se reuniría el lunes para cerrar una acordada a favor de la iniciativa
La Corte y el Ejecutivo se aprestan a despenalizar el consumo de drogas FUENTE http://www.territoriodigital.com/nota.aspx?c=7377921134220563
La comisión de expertos encabezada por el Ministerio de Justicia y Seguridad adelantó que en el 2009 será enviado al Congreso un proyecto que no penalice la tenencia de estupefacientes para uso personal
Buenos Aires.La Corte Suprema y el Gobierno, a través de la iniciativa del ministro de Jusiticia y Seguridad Aníbal Fernández, dan los últimos pasos sobre la despenalización de la tenencia de drogas para uso personal, con un fallo y un proyecto de ley que están en etapa de culminación, aunque recién se definirían el año que viene.Los jueces del máximo tribunal mantendrán el próximo lunes la última reunión de acuerdos, en la cual resolverán algunas de las causas pendientes, entre las que está un recurso de inconstitucionalidad sobre la actual ley de drogas presentado por ciudadanos de Rosario, conocida como caso Villacampa, aunque voceros consultados no pudieron precisar si existirá alguna decisión.Además, el comité de expertos convocado por Fernández, para proponer una modificación de la normativa vigente sobre esa misma norma, sancionada en la década del ‘90, culminaba el trabajo, pero tampoco se pudo determinar si existirá un documento definitivo acerca de esas actividades antes de fin de año.Las mayores probabilidades están radicadas en que recién en el 2009 los poderes del Estado avancen institucionalmente en el cambio del actual paradigma vinculado a la lucha contra las drogas y la asistencia de los adictos.Fuentes judiciales recordaron que cuatro del total de siete ministros que integran la Corte ya tienen sus votos definidos a favor de declarar la actual Ley de Drogas (23.737) como inconstitucional, aunque la incertidumbre sobre los otros tres jueces postergaría la resolución. El máximo tribunal tendría el objetivo de emitir un fallo unánime, consciente del complicado escenario en el que se recibirá, dominado por casos resonantes como el del triple crimen de General Rodríguez, la ruta de la efedrina y el aumento del consumo de sustancias altamente tóxicas como el paco.La iniciativa en la que están trabajando, puliendo algunos artículos, contempla la no incriminación de aquel detenido con droga para el consumo, y en cambio propone jerarquizar el derecho a la salud. En consonancia con los pactos internacionales, el derecho a la salud sólo se realiza cuando es posible acceder a él, y uno de los obstáculos para su acceso es la coerción que implica la penalización al consumo.El lunes quedaría definido si se concreta el acuerdo total con la resolución de los tres magistrados que restan, cuyos nombres no trascendieron.Por su parte, la fiscal Mónica Cuñarro, a cargo del comité de expertos, ayer reconoció que le resulta extraño que se vaya a producir una acordada sobre la validez constitucional de la Ley de Drogas.La funcionaria explicó que su trabajo al frente de la comisión especial sólo tendrá el objetivo de elaborar una propuesta de reforma legislativa para presentar ante el gobierno nacional, el cual luego resolverá si lo envía al Congreso.“Llegó la hora de la salud. El consumo hoy está criminalizado, cualquier persona que es adicta al alcohol no es considerada criminal, si gasta todo su sueldo en el juego tampoco, pero si tiene sustancia para consumo personal ingresa al régimen penal”, advirtió la fiscal.Finalmente, tras reconocer que aún no se culminó el trabajo de los especialistas, resaltó que la Corte Suprema tuvo dos visiones contrapuestas sobre las drogas, ya que en los ‘80 avaló la despenalización, con la sentencia Bazterrica, y en los ‘90 la rechazó, con la acordada conocida como Colavini.“Si la Corte vuelve al fallo Bazterrica sería el regreso a la democracia del gobierno de Raúl Alfonsín. Pero si la Corte Suprema dice que la actual ley es constitucional sería como volver a la de Carlos Menem, con Julio Nazareno y Adolfo Vázquez a la cabeza”, concluyó la funcionaria.

ACTUALIDAD 2009 .- ÙLTIMAS TENDENCIAS JURISPRUDENCIALES EN LA TIPIFICACIÒN PUNITIVA Y LA APLICACIÒN DE LA PENA.

Una nueva sala de la Cámara de Casación bonaerense avaló la despenalización de la tenencia de drogas para uso personal, cuando el consumo se ejerza "en la intimidad y sin trascendencia a terceros", y sobreseyó a un joven detenido con marihuana entre sus pertenencias.En el fallo de la Sala Tercera del máximo tribunal penal bonaerense, los camaristas Ricardo Borinsky y Víctor Violini, consideraron que la tenencia de drogas no es punible cuando “no se efectúa públicamente ni se incita a terceros a consumir”. "La incriminación sólo será procedente en casos en que la tenencia de estupefacientes para consumo personal se concrete de un modo tal que trascienda la esfera de intimidad del sujeto y represente un peligro para la salud pública de terceros", contrapusieron.Hace una semana, la Sala Uno también sobreseyó a otro joven detenido con marihuana, al establecer que la tenencia de drogas para consumo personal es una "acción protegida por el derecho a la privacidad, que es el basamento de las libertades civiles". "Criminalizar el daño que alguien -eventualmente- se produzca a sí mismo, como en el caso de consumo de drogas, significa la asunción estatal de un criterio paternalista autoritario que, por regla, resulta ajeno al principio de autonomía de la persona", dijeron los jueces Benjamín Sal Llargués, Carlos Natiello y Horacio Piombo.Ese tribunal argumentó que "al penalizar al simple tenedor para consumo personal, el Estado adiciona a su problema de drogadicción la criminalización, insertándolo en el sistema penal, creándole un antecedente que muy probablemente lo etiquete y lo perjudique en su futuro provocando, eventualmente, su estigmatización".Los jueces resolvieron así la situación de un joven que fue detenido en la vía pública con 0,4 gramos de marihuana en su poder. Tras puntualizar que la tenencia de esa cantidad de droga "no causa riesgo o daño concreto a la salud pública", los magistrados sostuvieron que "el quantum incautado revela a todas luces la motivación del tenedor", es decir el consumo personal