viernes, 2 de enero de 2009

ACTUALIDAD 2009 .- ÙLTIMAS TENDENCIAS JURISPRUDENCIALES EN LA TIPIFICACIÒN PUNITIVA Y LA APLICACIÒN DE LA PENA.

Una nueva sala de la Cámara de Casación bonaerense avaló la despenalización de la tenencia de drogas para uso personal, cuando el consumo se ejerza "en la intimidad y sin trascendencia a terceros", y sobreseyó a un joven detenido con marihuana entre sus pertenencias.En el fallo de la Sala Tercera del máximo tribunal penal bonaerense, los camaristas Ricardo Borinsky y Víctor Violini, consideraron que la tenencia de drogas no es punible cuando “no se efectúa públicamente ni se incita a terceros a consumir”. "La incriminación sólo será procedente en casos en que la tenencia de estupefacientes para consumo personal se concrete de un modo tal que trascienda la esfera de intimidad del sujeto y represente un peligro para la salud pública de terceros", contrapusieron.Hace una semana, la Sala Uno también sobreseyó a otro joven detenido con marihuana, al establecer que la tenencia de drogas para consumo personal es una "acción protegida por el derecho a la privacidad, que es el basamento de las libertades civiles". "Criminalizar el daño que alguien -eventualmente- se produzca a sí mismo, como en el caso de consumo de drogas, significa la asunción estatal de un criterio paternalista autoritario que, por regla, resulta ajeno al principio de autonomía de la persona", dijeron los jueces Benjamín Sal Llargués, Carlos Natiello y Horacio Piombo.Ese tribunal argumentó que "al penalizar al simple tenedor para consumo personal, el Estado adiciona a su problema de drogadicción la criminalización, insertándolo en el sistema penal, creándole un antecedente que muy probablemente lo etiquete y lo perjudique en su futuro provocando, eventualmente, su estigmatización".Los jueces resolvieron así la situación de un joven que fue detenido en la vía pública con 0,4 gramos de marihuana en su poder. Tras puntualizar que la tenencia de esa cantidad de droga "no causa riesgo o daño concreto a la salud pública", los magistrados sostuvieron que "el quantum incautado revela a todas luces la motivación del tenedor", es decir el consumo personal

No hay comentarios: