lunes, 4 de julio de 2011
DESMILITARIZACIÒN DE LOS SERVICIOS PENITENCIARIOS.CONCLUSIONES DE LAS SEXTAS JORNADAS NACIONALES DEL ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL.
Comisión N°4 . Desmilitarización de los
Servicios Penitenciarios.
necesarios para
democratizar la estructura orgánica del Servicio Penitenciario
Federal y de los
Servicios Penitenciarios Provinciales militarizados por normas
de facto actualmente
vigentes.
Encomendar a esa
comisión el estudio de los proyectos de ley que actualmente
son considerados por la Comisión de Derechos
Humanos de la Cámara
de
Diputados de la Nación y la promover su
participación en las reuniones de
trabajo que se lleven a
cabo en dicho ámbito.
considerar la
conveniencia de presentar nuevamente a consideración del
Congreso de la Nación el proyecto de Ley
elaborado por la APDH
de reforma
de la ley de facto orgánica
del SPF, que mereciera dictamen favorable de la
comisión de legislación
penal y que, actualmente, ha perdido estado
parlamentario.
Provincias para
instarlas a dar acabado cumplimiento a las disposiciones de los
artículos 202 y 203 de
la ley 24660, relativos a la capacitación universitaria con
la que deben contar las
autoridades de los establecimientos penitenciarios y
sus áreas de
tratamiento, y a la implementación de los concursos a través de
los cuales se accederá a
esas funciones.
necesario para que cese
la defensa institucional encomendada a los Dres.
Graciela Del Pato y
Pedro Joaquín Retamal, quienes constituyeron domicilio en
Paso 550 de esta ciudad
– sede de la
Dirección General de Administración
Del Servicio
Penitenciario Federal -, de los imputados Néstor Iñiguez y Maximiliano
Barresi en la causa Nº
2994/2008 que actualmente se les sigue por el delito de
apremios ilegales por
ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de la Capital
Federal, que implica la
vulneración del compromiso de investigación pronta e
imparcial de la tortura
asumido por la Nación
Argentina en virtud del articulo 12
de la Convención contra la Tortura.
área de las
instituciones penitenciarias, instándolas a transferir a otras áreas
específicas de la
administración pública al personal profesional de aquellas –
mediante comisiones de
servicio, adscripciones o las modalidades que se
estimen pertinentes- a
fin de que continúen prestando sus funciones relativas al
tratamiento
penitenciario, asistencia clínica y prevención de la tortura, (en estos
dos últimos, médicos y
psicólogos) sin dependencia jerárquica del personal a
cargo de la seguridad de
los establecimientos.
Provincias instándolas a
disponer que la investigación de hechos de torturas o
vejaciones como las
documentadas por un video efectuado en la penitenciaria
de la provincia de
Mendoza durante el año 2010
(http://www.youtube.com/watch?v=sK-1BUVkMmA) que se conociera el
año
pasado, sean investigados
por comisiones o autoridades imparciales ajenas a
la estructura
penitenciaria y con la prontitud que el caso amerita. Asimismo,
solicitar a las
autoridades competentes la pronta aprobación del mecanismo
nacional de prevención
adecuado a la estructura federal del país, al que se
comprometiera a poner en
funcionamiento la
Nación Argentina mediante el
protocolo facultativo de
la convención contra la tortura.
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1 comentario:
Creo muy importante que se siga avanzando en el trato a los reos tendiente a una mejora en sus calidades de vida.
Hace poco estuve en Alemania y me quedé en uno de los hoteles baratos en berlin que estaba cerca de una cárcel, a 2 cuadras nomás (así de barato era), y las instalaciones eran sorprendentes, pero, por lo que nos explicaron, el objetivo no era que el preso estuviera mejor, sino que ese era uno de los medios del objetivo que era la mejor reinserción social futura.
Saludos
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