lunes, 4 de julio de 2011

DESMILITARIZACIÒN DE LOS SERVICIOS PENITENCIARIOS.CONCLUSIONES DE LAS SEXTAS JORNADAS NACIONALES DEL ENCUENTRO NACIONAL DE JUECES DE EJECUCIÒN PENAL.


Comisión N°4 . Desmilitarización de los Servicios Penitenciarios.
 1. Constituir una comisión de estudio tendiente a elaborar los proyectos de ley
necesarios para democratizar la estructura orgánica del Servicio Penitenciario
Federal y de los Servicios Penitenciarios Provinciales militarizados por normas
de facto actualmente vigentes.
Encomendar a esa comisión el estudio de los proyectos de ley que actualmente
son considerados por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de
Diputados de la Nación y la promover su participación en las reuniones de
trabajo que se lleven a cabo en dicho ámbito.
 2. Dirigirse al Procurador Penitenciario de la Nación, solicitando tenga a bien
considerar la conveniencia de presentar nuevamente a consideración del
Congreso de la Nación el proyecto de Ley elaborado por la APDH de reforma
de la ley de facto orgánica del SPF, que mereciera dictamen favorable de la
comisión de legislación penal y que, actualmente, ha perdido estado
parlamentario.
 3. Dirigirse a las autoridades con competencia penitenciaria de la Nación y de las
Provincias para instarlas a dar acabado cumplimiento a las disposiciones de los
artículos 202 y 203 de la ley 24660, relativos a la capacitación universitaria con
la que deben contar las autoridades de los establecimientos penitenciarios y
sus áreas de tratamiento, y a la implementación de los concursos a través de
los cuales se accederá a esas funciones.
 4. Dirigirse al Sr. Secretario de Justicia de la Nación instándolo a disponer lo
necesario para que cese la defensa institucional encomendada a los Dres.
Graciela Del Pato y Pedro Joaquín Retamal, quienes constituyeron domicilio en
Paso 550 de esta ciudad – sede de la Dirección General de Administración
Del Servicio Penitenciario Federal -, de los imputados Néstor Iñiguez y Maximiliano
Barresi en la causa Nº 2994/2008 que actualmente se les sigue por el delito de
apremios ilegales por ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de la Capital
Federal, que implica la vulneración del compromiso de investigación pronta e
imparcial de la tortura asumido por la Nación Argentina en virtud del articulo 12
de la Convención contra la Tortura.
 5. Dirigirse a las autoridades nacionales y provinciales con competencia en el
área de las instituciones penitenciarias, instándolas a transferir a otras áreas
específicas de la administración pública al personal profesional de aquellas –
mediante comisiones de servicio, adscripciones o las modalidades que se
estimen pertinentes- a fin de que continúen prestando sus funciones relativas al
tratamiento penitenciario, asistencia clínica y prevención de la tortura, (en estos
dos últimos, médicos y psicólogos) sin dependencia jerárquica del personal a
cargo de la seguridad de los establecimientos.
 6. Dirigirse a las autoridades con competencia penitenciaria de la Nación y de las
Provincias instándolas a disponer que la investigación de hechos de torturas o
vejaciones como las documentadas por un video efectuado en la penitenciaria
de la provincia de Mendoza durante el año 2010
(http://www.youtube.com/watch?v=sK-1BUVkMmA) que se conociera el año
pasado, sean investigados por comisiones o autoridades imparciales ajenas a
la estructura penitenciaria y con la prontitud que el caso amerita. Asimismo,
solicitar a las autoridades competentes la pronta aprobación del mecanismo
nacional de prevención adecuado a la estructura federal del país, al que se
comprometiera a poner en funcionamiento la Nación Argentina mediante el
protocolo facultativo de la convención contra la tortura.

1 comentario:

Fernando dijo...

Creo muy importante que se siga avanzando en el trato a los reos tendiente a una mejora en sus calidades de vida.
Hace poco estuve en Alemania y me quedé en uno de los hoteles baratos en berlin que estaba cerca de una cárcel, a 2 cuadras nomás (así de barato era), y las instalaciones eran sorprendentes, pero, por lo que nos explicaron, el objetivo no era que el preso estuviera mejor, sino que ese era uno de los medios del objetivo que era la mejor reinserción social futura.
Saludos